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jueves, 8 de septiembre de 2011

Radiografía del proceso judicial a militares acusados

El presidente del Supremo Tribunal Militar, Julio Halty, explicó a El Observador el proceso judicial por el que son juzgados los agentes acusados de violación y abuso sexual El presidente del Supremo Tribunal Militar (STM), General Retirado Julio Halty, explicó este miércoles a El Observador cómo actuará la Justicia Militar en el presunto caso de abuso sexual de militares uruguayos a un joven haitiano.
Halty destacó la actuación que dos funcionarios judiciales uruguayos están realizando en Haití: Pablo Baeza, jefe de la Asesoría Letrada de la Armada, y José María Burone, titular del Sistema Nacional de Apoyo a las Operaciones de Paz, quien tiene a su cargo los interrogatorios y la acumulación de elementos de prueba.
La presencia de estos funcionarios en Haití permite que el proceso se realice de forma “más rápida”, dijo Halty, quien recordó que Naciones Unidas ya tramitó la repatriación de los cinco agentes implicados en el caso, según anunció el ministro de Defensa Eleuterio Fernández Huidobro.
“No hay noticias sobre cuándo podrían llegar (los acusados)”, explicó el presidente del STM, pero luego especuló que la semana próxima estarán en Montevideo.
“Recién está empezando el proceso”
Cuando los agentes acusados de violación y abuso sexual por parte de la Red Nacional de Derechos Humanos de Haití (RNDHH) regresen a Uruguay serán juzgados por el juez militar Washington Vigliola en la órbita de la Justicia Militar, lo que no inhibe que comience, al mismo tiempo, un proceso paralelo y complementario en la Justicia Ordinaria.
“Recién está empezando el proceso y los datos son aún incompletos”, aclaró Halty, quien advirtió que aún no se ha comprobado si los implicados cometieron delito.
El video, los interrogatorios y la pericia médica son las principales pruebas que estarán a disposición del juez militar, que tiene la facultad de condenarlos (en caso de que se compruebe el delito) según un sistema de penas similar al de la Justicia Penal.

Por otra parte, luego de que la Justicia Militar emita sentencia, las autoridades de la Armada podrán sancionar a los militares bajo el régimen de disciplina de esa fuerza. Las sanciones aplicables por parte de la Armada son, en orden gradual: observación, arresto simple, arresto riguroso, y baja del estado militar en forma deshonrosa por mala conducta.
Si las autoridades de la Armada o bien el juez militar actuante le suspenden o retiran el estado militar a los acusados, la pena deberán cumplirla en una cárcel. Por el contrario, si se demuestra su culpabilidad, pero los condenados mantienen su estatus militar, cumplirán la pena en destacamentos militares.
Por último, si además de la Justicia Militar, la Justicia Penal condena a los soldados uruguayos “se unifica la pena”, explicó Halty. Esta unificación no se basa en una suma aritmética: dos años de prisión por la Justicia Militar y tres por la ordinaria no significan cinco años de cárcel, por ejemplo. Sin embargo, en caso de que los acusados fueran condenados por ambos sistemas judiciales la unificación de la condena podría aumentar la pena.
http://www.elobservador.com.uy/noticia/208834/radiografia-del-proceso-judicial-a-militares-acusados/

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